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Zonas Seguras: Sitios donde Inmigracin no puede hacer redadas

El Servicio de Inmigracin y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en ingls) y el Servicio de Aduanas y Proteccin de Fronteras (CBP, por sus siglas en ingls) emitieron e implementaron polticas sobre el cumplimiento de la ley enfocadas en las “zonas sensibles”.

Ambas instituciones revelaron los alcances del memorando dictaminado (en 2014) por el gobierno del presidente Obama sobre el tipo de inmigrantes indocumentados cuya bsqueda es prioritaria para las autoridades. Adems en tal sentido se estableci lo que llaman unas zonas sensibles en las cuales no se pueden llevar a cabo redadas o arrestos contra indocumentados.

De acuerdo con el Departamento de Seguridad Nacional, qu significa el trmino “zona sensible”? Son los lugares en los cuales no pueden realizar redadas.

Entre ellos se incluyen, pero no se limitan a: Escuelas, como guarderas certificadas, centros pre-escolares u otros programas de educacin temprana.

Tambin paradas de autobs de escuela designadas y/o conocidas por el oficial durante perodos cuando los nios estn en la parada.

Lugares de tratamiento mdico y de salud, como hospitales, consultorios, clnicas de salud acreditadas e instalaciones de urgencia/emergencia.

Lugares de culto, como iglesias, sinagogas, mezquitas y templos.

Ceremonias o celebraciones religiosas o civiles tales como funerales y bodas.

Durante una demonstracin pblica, como desfiles, mtines, o paradas.

Se tomarn acciones de cumplimiento de ley en las zonas sensibles? Las acciones de cumplimiento de ley pueden ocurrir en zonas sensibles en circunstancias limitadas, pero por lo general sern evitadas.

Oficiales y agentes de ICE y CBP pueden tomar acciones de cumplimiento de ley en una zona sensible con la autorizacin previa del oficial superior apropiado, o si la accin se requiere por circunstancias apremiantes.

Por ello ICE o CBP puede evaluar si es necesario aprehender, detener, entrevistar, buscar o vigilar a alguien con propsitos de cumplimiento de ley en estas zonas seguras bajo ciertas circunstancias.

Las zonas ubicadas a lo largo de una frontera internacional tambin son protegidas? La regla de la zona sensible no aplica a operaciones llevadas a cabo en las zonas inmediatamente luego de la frontera internacional, incluyendo el equivalente funcional de la frontera.

Sin embargo, si se da el caso, los agentes y oficiales tienen que hacer uso del buen juicio y sentido comn al momento de tomar medidas apropiadas, de forma consistente con las metas de esta poltica.

Ejemplos de operaciones cerca de la frontera incluyen, pero no se limitan a: registros en los puertos de entrada, actividades cuando haya la certeza razonable de que alguien haya acabado de cruzar la frontera, circunstancias en las que DHS vigilaba a una persona cuando cruz la frontera, y circunstancias en las que DHS opere en un lugar que geogrficamente est lejos de la frontera, pero separado por un terreno escabroso y remoto.

Los juzgados son zonas sensibles? Los juzgados no son parte de las polticas de cumplimiento de ley de ICE y CBP respecto a localidades sensibles. Sin embargo, acciones de cumplimiento de ley en las cortes slo sern ejecutadas contra personas que caigan dentro de las categoras de prioridad de seguridad pblica de las prioridades de inmigracin de DHS.

Tales acciones de cumplimiento de ley no debern, salvo en circunstancias apremiantes, desembocar en el arresto de personas que no son objeto de vigilancia, y tendrn lugar fuera de las reas pblicas de la corte donde sea posible.

Dnde debo denunciar una accin de cumplimiento de ley de DHS que creo que pudiera ser inconsistente con esas reglas? Puedes contactar a la divisin de Operaciones de Control y Deportacin del ICE (ERO, sus siglas en ingls) por medio de la Lnea de Informacin y Denuncias del Centro de Detencin del ICE (888) 351-4024 o por el correo electrnico de ERO a ERO.INFO@ice.dhs.gov, tambin disponible en https://www.ice.gov/webform/ero-contact-form. Puedes contactar la Divisin de Libertades Civiles de la Oficina de Diversidad y Derechos Civiles al (202) 732-0092 o ICE.Civil.Liberties@ice.dhs.gov.

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