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La Justicia española reconoce el derecho de una madre soltera a recibir también la pensión paternal

Por Pau Mosquera, CNN en Español

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia reconoció este 9 de enero el derecho de una madre de familia monoparental a disponer de la prestación económica y cuidado de menor durante 32 semanas, el doble de lo habitual. De esta forma, podrá hacer uso de las semanas que le corresponden de permiso maternal por haber dado a luz a su hija en febrero de 2022 -y que ya disfrutó-, más las otras 16 que hubieran correspondido a otro progenitor.

Este órgano judicial resolvió así el recurso de suplicación de esta mujer ante la sentencia del juzgado de lo Social número 4 de Murcia que, en septiembre de 2022, desestimó la demanda original para ampliar esta prestación.

“Se puso muy feliz, porque era una moneda al aire”, dijo Miguel Ángel Fructuoso, abogado que lideró la demanda. “Quería que su hija tuviera los mismos derechos que los niños de una familia biparental”, añadió.

Con esta sentencia, el TSJ de Murcia también cambia la doctrina seguida hasta el momento sobre los casos de familias monoparentales, teniendo en cuenta una sentencia del Tribunal Constitucional de noviembre de 2024, en la que se reconocía el derecho de otra madre de familia monoparental a que recibiera una mayor prestación económica y cuidado de menor, dado que el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social “incurren en inconstitucionalidad por omisión” al no permitir que ese menor disponga de un tiempo de cuidado igual que el nacido en una familia biparental, a pesar de tener idénticas necesidades.

Esta doctrina marca un precedente, según reconoce Fructuoso.
“Es la primera sentencia de la jurisdicción ordinaria –que incluye a los juzgados de primera instancia, a los TSJ de las diferentes Comunidades Autónomas y el Tribunal Supremo- que aplica esa doctrina del Constitucional”. “La ejecución de esta sentencia -esto es, cuando sea firme- puede marcar como se va a aplicar este derecho, esta sentencia del Constitucional, a partir de ahora”, señala.

Si bien es viable un recurso de casación contra el fallo, hasta el momento el Instituto Nacional de la Seguridad Social solo ha presentado un recurso de aclaración para que el TSJ de Murcia explique si debe reconocer a esta madre un permiso de 16 o de 10 semanas, dado que el Estatuto de los Trabajadores determina que en las familias biparentales ambos progenitores deben gozar de las primeras seis semanas de forma obligatoria inmediatamente después del parto.

Desde 2021, España igualó el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores, con el objetivo de que disfruten 16 semanas de prestación cada uno. Se trata de un subsidio que cubre las pérdidas que puede enfrentar el solicitante mientras se encuentra ausente del trabajo y que es equivalente al 100% de la base reguladora, dato que resulta de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al del nacimiento, dividida entre el número de días de ese mes.

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