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Inmigracin comienza a redactar cambios a Ley Castigo

Finalmente la Oficina de Inmigracin (USCIS por sus siglas en ingls) comenz la redaccin de lo que sern los cambios a la conocida Ley del Castigo para personas que tramitan sus documentos legales tras la peticin de un familiar.

El “nuevo perdn provisional a la Ley del Castigo” determinar que aquellos familiares de residentes permanentes ya no tendrn que salir de Estados Unidos y viajar a su pas de origen para obtener un perdn que les permita reingresar a EE.UU.

Hoy en da, esa posibilidad la tienen slo los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses.

Tras un proceso de varios meses en los que USCIS recibi comentarios para su “Propuesta de Ampliacin de Elegibilidad a Exenciones Provisionales por Presencia Ilegal” se empieza a reescribir el reglamento se aplica hasta ahora.

“Actualmente, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en ingls) permite que determinados familiares inmediatos – especficamente ciertos padres, cnyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses – presentes en los Estados Unidos, soliciten una exencin provisional por presencia ilegal antes de salir fuera del pas al procesamiento consular de sus visas de inmigrante”, explic USCIS.

“En la actualidad, la exencin solo est disponible para aquellos familiares inmediatos cuya nica base de inadmisibilidad es la presencia ilegal bajo la seccin 212(a)(9)(B)(i) de la Ley de Inmigracin y Nacionalidad, y que puedan demostrar que una denegacin de la exencin podra resultar en dificultad extrema para su cnyuge o padre que es ciudadano estadounidense”, agreg USCIScuando empez el proceso de cambios en la ley.

La Ley del Castigo de 1996 establece que cualquier persona que acumule menos de un ao de presencia ilegal en Estados Unidos ser objeto de una sancin de hasta tres aos de no poder volver a entrar, mientras que el castigo aumenta a 10 aos si se registra una presencia ilegal de ms de un ao.

Segn USCIS “los cambios, propuestos en beneficio de la unificacin familiar y con el fin de mejorar el servicio al cliente, entrarn en vigencia en la fecha indicada por la reglamentacin final, cuando sta sea publicada en el Registro Federal”.

Los cambios en el proceso deberan ser publicados ms adelante aqu en kunamundo.com.

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KESQ News Team

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